Si has vivido 1 año con permiso de residencia, en España, puedes solicitar la reagrupación familiar de tus hijos, padres y cónyuge. Sin embargo, tendrás que demostrar que esa persona que quieres traer, a este país europeo, es dependiente de ti.
Índice de contenido
- ¿Qué es la reagrupación familiar?
- Documentos y requisitos para la residencia en España por reagrupación familiar
- ¿Cómo solicitar la reagrupación familiar en régimen comunitario?
- ¿Cómo solicitar la reagrupación familiar en régimen general?
- ¿Cuánto tiempo tarda el procedimiento de reagrupación familiar a España?
- Palabras finales
- Más Noticias de Cuba
¿Qué es la reagrupación familiar?
La reagrupación familiar es un procedimiento de extranjería mediante el cual un extranjero, con permiso de residencia en España, puede traer a sus familiares a este país mediterráneo.
1. ¿Qué familiares son reagrupables?
No se puede reagrupar a toda la familia. Es decir, solamente se acepta la reagrupación de tus padres o los padres de tu pareja, de tus hijos o los hijos de tu pareja. También, puedes solicitar la residencia, por reagrupación familiar, para tu cónyuge o pareja de hecho.
2. ¿Cuántas nóminas o dinero necesito para reagrupación familiar?
El disponer de medios de vida suficientes es un requisito esencial para poder solicitar la Reagrupación Familiar. Sin embargo, la cantidad de dinero necesaria depende del número de miembros que componga tu familia. Este monto se fija tomando como referencia el valor del IPREM.
El IPREM es un Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples es un índice empleado en España como referencia para la concesión de ayudas, subvenciones o el subsidio de desempleo. En 2024, el IPREM mensual es de 600,00 euros.
Para calcular la cantidad en ingresos mensuales se exige un monto igual o superior al 150 % del IPREM para una unidad familiar de dos miembros (reagrupante y reagrupado). En este caso, se debe acreditar un ingreso mensual igual o superior a 900,00 euros, aproximadamente.
Si la unidad familiar es de 3 o más miembros (reagrupante y 2 o más reagrupados) se debe acreditar 150 % del IPREM para 2 personas, y se suma 50 % del IPREM por cada miembro adicional.
Documentos y requisitos para la residencia en España por reagrupación familiar
Para poder solicitar la reagrupación se deben cumplir los siguientes requisitos establecidos:
- Ser extranjero no ciudadano de la Unión Europea, Suiza o el Espacio Económico Europeo (aplica a reagrupante y reagrupado).
- No hallarse el reagrupante en España en situación de irregular.
- Carecer de antecedentes criminales por delitos penados en el ordenamiento jurídico español tanto en los países de anterior residencia durante los últimos 5 años como aquí (aplica a reagrupante y reagrupado).
- No tener vetada la entrada al país ni figurar como persona rechazable en las listas de aquellos países con los que España tuviere convenio a respecto.
- El reagrupante debe contar con seguridad social o un seguro médico privado.
- No sufrir el reagrupado ninguna de las enfermedades que pueden tener graves repercusiones de salud pública según lo establecido en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.
- No estar el reagrupado bajo el compromiso de no retorno a España por haberse acogido a un programa de retorno voluntario.
- Pagar la correspondiente tasa.
- Contar el reagrupante con los medios económicos necesarios para atender las necesidades familiares.
- Tener el reagrupante a su disposición una vivienda adecuada.
- Estar el reagrupante en posesión de un permiso de residencia renovado, es decir, que ya haya estado residiendo legalmente en España por al menos 1 año.
- Que el familiar reagrupado sea con respecto del reagrupante: cónyuge o persona con relación de análoga afectividad; hijo, natural o adoptado, menor de edad o discapacitado (inclusive en este caso si es mayor de edad) del reagrupante y del cónyuge o pareja; representado legalmente por el reagrupante, menor de edad o con discapacidad; ascendiente de primer grado del reagrupante o de su cónyuge o pareja.
Los requisitos para residencia en España por reagrupación familiar varían de acuerdo al familiar que se desea reagrupar.
1. Hijos
Solamente puedes reagrupar hijos menores de 18 años. Sin embargo, si el solicitante es ciudadano comunitario puede solicitar la residencia para sus hijos que tenga máximo 21 años. Además, debes aportar un certificado de nacimiento.
Asimismo, debes demostrar que están estudiando y que dependen económicamente del padre o la madre. Por lo tanto, no es posible solicitar esta residencia si tienen trabajo. Si tu hijo es estudiante, mayor de 21 años, puede solicitar una estancia por estudios.
Sin embargo, si el hijo tiene una discapacidad, que le hace dependiente, puede tener más de 21 años. Recuerda que si has enviado dinero a tu hijo en el extranjero, antes de la solicitud, podrás demostrar la dependencia económica.
Para solicitar la residencia, por reagrupación familiar, de los hijos se deben aportar estos documentos, traducidos al español y legalizados:
- Certificado de antecedentes penales, si el reagrupado es mayor de edad.
- Pasaporte y tarjeta de residencia de la persona que reagrupa a su familia.
- Además, el pasaporte del reagrupado.
- Informe de vivienda adecuada, demostrando que la vivienda del reagrupado es apta.
- Demostrar los medios económicos suficientes para hacerse cargo del reagrupado, en España. Por lo tanto, demostrar una cantidad equivalente o superior al 150 % del IPREM al reagrupar a un familiar.
- Además, aportar un contrato de trabajo (mínimo a un año vista, y mejor si es indefinido) y las 6 últimas nóminas. Igualmente, puede aportar la última declaración del IRPF si trabaja por cuenta propia.
- Seguro médico privado como extranjero o prueba de suscripción al sistema de seguridad social.
2. Cónyuge
Igualmente, puedes pedir la residencia, por reagrupación familiar, de tu cónyuge (marido o esposa) y a cualquier persona con la que mantengas una relación de hecho o concubinato, de cualquier sexo.
Para solicitar la residencia, por reagrupación familiar, debes presentar estos documentos, traducidos al español y legalizados:
- Certificado de antecedentes penales del reagrupado.
- Certificado de matrimonio o pareja de hecho.
- Pasaporte y tarjeta de residencia del reagrupante.
- Además, el pasaporte del reagrupado.
- Informe de vivienda adecuada, demostrando que la vivienda del reagrupado es apta.
- Demostrar los medios económicos suficientes para hacerse cargo del reagrupado, en España. Por lo tanto, demostrar una cantidad equivalente o superior al 150% del IPREM al reagrupar a un familiar.
- Además, aportar un contrato de trabajo (mínimo a un año vista, y mejor si es indefinido) y las 6 últimas nóminas. Igualmente, puede aportar la última declaración del IRPF si trabaja por cuenta propia.
- Seguro médico privado como extranjero o prueba de suscripción al sistema de seguridad social.
3. Padres
También, puedes pedir la residencia, por reagrupación familiar, de tus padres o suegros. Estos familiares deben tener más de 65 años, ser dependientes del solicitante de la reagrupación. Además, debes justificar que existen motivos para la reagrupación, como necesitar cuidados debido a su avanzada edad.
Igualmente, recuerda que si has enviado dinero, en los últimos años antes de la solicitud, podrás demostrar la dependencia económica de tus padres o suegros.
Para solicitar la residencia, por reagrupación familiar, el cubano debe aportar estos documentos, traducidos al español y legalizados:
- Certificado de antecedentes penales del reagrupado.
- Pasaporte y tarjeta de residencia, de larga duración, del reagrupante.
- Certificado de nacimiento del reagrupante.
- Además, el pasaporte del reagrupado.
- Informe de vivienda adecuada, demostrando que la vivienda del reagrupado es apta.
- Demostrar los medios económicos suficientes para hacerse cargo del reagrupado, en España. Por lo tanto, demostrar una cantidad equivalente o superior al 150% del IPREM al reagrupar a un familiar.
- Además, aportar un contrato de trabajo (mínimo a un año vista, y mejor si es indefinido) y las 6 últimas nóminas. Igualmente, puede aportar la última declaración del IRPF si trabaja por cuenta propia.
- Seguro médico privado como extranjero o prueba de suscripción al sistema de seguridad social.
¿Cómo solicitar la reagrupación familiar en régimen comunitario?
Los ciudadanos comunitarios pueden solicitar la residencia, por reagrupación familia en régimen comunitario, de familiares de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza. Los documentos varian, de acuerdo al familiar, de esta manera:
1. Cónyuge
El cónyuge reagrupado debe presenta estos documentos:
- Fotografía actualizada tipo pasaporte.
- Pasaporte con vigencia mínima de 120 días.
- Partida de Nacimiento íntegra con 4 meses de vigencia.
El cónyuge de Español debe presenta estos documentos:
- Original del Certificado literal del Registro Civil o Consular español, donde conste inscrito el matrimonio.
- Copia del Documento Nacional de Identidad y pasaporte.
- Certificado de empadronamiento del domicilio en España.
- Acta de manifestaciones o declaración notarial del reagrupante en la que manifieste su deseo de reagrupación familiar.
2. Hijos
El hijo reagrupado, menor de 18 años, debe presenta estos documentos:
- Fotografía actualizada tipo pasaporte.
- Pasaporte con vigencia mínima de 120 días.
- Partida de Nacimiento íntegra con 4 meses de vigencia.
Mientras que el hijo reagrupado, mayor de 18 años, debe presenta estos documentos:
- Fotografía actualizada tipo pasaporte.
- Pasaporte con vigencia mínima de 120 días.
- Partida de Nacimiento íntegra con 4 meses de vigencia.
- Certificado criminal vigente, original y copia, apostillado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Cabo Verde, actualizado.
El padre Español debe presenta estos documentos:
- Original del Certificado literal del Registro Civil o Consular español, donde conste inscrito el matrimonio.
- Copia del Documento Nacional de Identidad y pasaporte.
- Certificado de empadronamiento del domicilio en España.
- Acta de manifestaciones o declaración notarial del reagrupante en la que manifieste su deseo de reagrupación familiar.
- Acreditación del vínculo de parentesco entre el reagrupante y el progenitor del menor solicitante de visado.
- Copia de la tarjeta de residencia del cónyuge de ciudadano/a español/a o comunitario/a.
- Resolución expedida por el Juzgado de la Niñez y Adolescencia acreditando que el reagrupante tiene atribuida la patria potestad del menor.
- En caso de solicitantes mayores de 18 años, certificado de antecedentes penales vigente, original y copia, apostillado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Cabo Verde, actualizado.
3. Padre
El padre reagrupado, menor de 18 años, debe presenta estos documentos:
- Fotografía actualizada tipo pasaporte.
- Pasaporte con vigencia mínima de 120 días.
- Partida de Nacimiento íntegra con 4 meses de vigencia.
- Documento de identidad del reagrupado.
- Certificado de antecedentes penales.
- Acreditación documental de que los interesados viven a expensas del reagrupante (envíos de dinero, partidas de nacimientos de todos sus hijos, certificado de afiliación o no afiliación a la Seguridad Social, certificado de cobro de pensión).
El reagrupante español debe presenta estos documentos:
- Original del Certificado literal del Registro Civil o Consular español, donde conste inscrito el matrimonio.
- Copia del Documento Nacional de Identidad y pasaporte.
- Partida de Nacimiento literal española o comunitaria del reagrupante, original, expedida dentro de los 4 últimos meses.
- Certificado de empadronamiento del domicilio en España.
- Acta de manifestaciones o declaración notarial del reagrupante en la que manifieste su deseo de reagrupación familiar.
- Acreditación del vínculo de parentesco entre el reagrupante y el progenitor del ciudadano solicitante de visado.
- Copia de la tarjeta de residencia del cónyuge de ciudadano/a español/a o comunitario/a.
- Resolución expedida por el Juzgado de la Niñez y Adolescencia acreditando que el reagrupante tiene atribuida la patria potestad del menor.
- En caso de solicitantes mayores de 18 años, certificado de antecedentes penales vigente, original y copia, apostillado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Cabo Verde, actualizado.
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¿Cómo solicitar la reagrupación familiar en régimen general?
Para solicitar la reagrupación familiar, en régimen general, se deben seguir las indicaciones hechas al inicio de este artículo. No obstante, este tipo de reagrupación está condicionada a lo siguiente:
- En primer lugar, no ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países.
- No encontrarse irregularmente en territorio español ni tener prohibida la entrada en España.
- Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.
- Tener asistencia sanitaria por estar cubierta por la Seguridad Social o contar con un seguro de privado de enfermedad.
- No padecer ninguna de las enfermedades que puedan tener repercusiones de salud pública graves.
¿Cuánto tiempo tarda el procedimiento de reagrupación familiar a España?
¿Cuánto tiempo dura la reagrupación familiar a España? Es una pregunta común entre los extranjeros que desean reagrupar a su familia lo más pronto posible.
Generalmente, el procedimiento de reagrupación familiar tarda unos 6 meses. No obstante, el tiempo total dependerá del tiempo que tome conseguir una cita en extranjería o la tardanza del consulado para responder a la solicitud.
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Palabras finales
Como hemos analizado, si eres residente en España podrás solicitar la reagrupación familiar, en el régimen general, siguiendo con precisión las indicaciones.
Sin embargo, si estás casado con un español y quieres reagrupar a tus padres e hijos tendrás solicitar la reagrupación, bajo el régimen comunitario. Es decir, la solicitud la realiza tu cónyuge.
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Cómo debo organizar el expediente a presentar en la Embajada el día de la cita para la reagrupación familiar?. Gracias de antemano.
Hola por favor quisiera saber, si entonces mi padre ciudadano español, quisiera reclamarme, pero soy mayor de 21 años, sin discapacidades, no existe forma de que pueda hacerlo?
Hola, la revista DimeCuba ha publicado este artículo tomando de fuente la embajada de España mediante un comunicado que publicó en la web, pero no tiene ninguna relación con este organismo. Para cualquier duda al respecto, por favor contacte el organismo pertinente.
Soy cubano con nacionalidad española, quería reagrupar a mi hermano menor de edad, que está en Cuba, como lo puedo hacer
Saludos
Quisiera traerá mi hijo por Reagrupación Familiar ,Yo soy su madre vivo en España hace ya casi tres años y tengo 25 años de vivir en Europa ,Tengo residencia Europea Española , Quisiera reagrupar mi hijo conmigo de Cuba a España . Que documentos debo presentar ,Me pueden ayudar para saber cuál es el buen Documento a presentar