Este miércoles, autoridades de Panamá anunciaron que no pedirán visa de tránsito a cubanos con residencia en el exterior, o cuyo viaje sea hacia Cuba.
Durante la última semana, autoridades panameñas han puesto los nervios de punta a muchos cubanos, tras la aplicación de nuevas políticas migratorias. Sin duda, nos estamos refiriendo a la exigencia del visado de tránsito para los viajeros cubanos, que tengan estipuladas conexiones en ese país.
En primer lugar, el decreto promulgado el pasado 8 de marzo señalaba que se trataba de una exigencia aplicada a todos los cubanos. De esta manera, igualmente destacaban algunas excepciones que realmente eran de muy poca ventajosas para los nacionales antillanos.
Sin embargo, a última hora, las autoridades panameñas decidieron aplicar nuevas excepciones respecto a su reciente promulgación; que seguramente serán del agrado de muchos. Al parecer, entre los cambios que estableció Panamá está la no exigencia de la visa de tránsito a cubanos con residencia en el exterior.
Así, se dio a conocer mediante una reciente modificación del Decreto Ejecutivo Nro. 20; promulgado por el por el presidente panameño. Como resultado, se trata de un ajuste realizado en los artículos 1 y 2 del decreto anterior, que ya fue republicado en la Gaceta Oficial de Panamá.
Asimismo, este cambio libra de la visa de tránsito en Panamá a cubanos que poseen múltiples visados en el exterior; específicamente en Estados Unidos y Panamá. Para acogerse a esta excepción, exigen que dicho visado debe tener una vigencia no menor a los seis meses, según expone el documento.
También, se incluye a cubanos con residencias vigentes o visas múltiples entregadas por Australia, República de Corea, Japón, Reino Unido de Gran Bretaña. Igualmente, por países como Irlanda del Norte, Singapur y de alguno de los países integrantes de la Unión Europea.
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Cubanos que viajen a Cuba no requieren visa de tránsito en Panamá
Además de librar a los cubanos radicados en el exterior del trámite de la visa de tránsito, Panamá anunció la aplicación de otra excepción. En esta oportunidad, se trata de aquellos ciudadanos cubanos que estén de viaje en otro país y que, para regresar a Cuba, tienen una conexión en Panamá.
Por lo tanto, anunciaron que en este caso, los cubanos que van de regreso a Cuba no se les pedirá visa de tránsito en Panamá. Fuera de ello, la exigencia de este documento de viaje seguirá siendo obligatoria para aquellos viajeros que prevén conexiones en ese país.
En consecuencia, los cubanos que pasen por Panamá para hacer conexiones hacia el exterior, igualmente deben contar con la visa de tránsito. La misma, podrán gestionarla a través de las oficinas de la embajada panameña en La Habana, una vez que el viajero cuente con su boleto adquirido.
Asimismo, la atención a requerimientos de visa de tránsito se ofrecerá según sea la fecha prevista para el viaje, según informó la oficina consular. En tal sentido, recientemente publicaron un cronograma; el cual estipula atender a cubanos con fechas de viaje desde el 31 de marzo hasta el 1 de abril de 2022.
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Estimados gracias por la información pero es un poco difícil de entender y se presta para interpretaciones equivocadas. Los cubanos con residencia en el exterior y que radiquen en países distintos a los del listado deben solicitar visa de tránsito. Por ejemplo residente en Chile, Uruguay, etc, requiere de visa de tránsito.
Saludos