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Alarma en la comunidad cubana tras nuevas deportaciones de antillanos con formulario I220B

Los cubanos que presentan el formulario I-220B vuelven a estar en el punto de mira de las autoridades migratorias estadounidenses, algo que ha hecho saltar las alarmas ante la posible deportación de los antillanos. 

¿Qué implica el Formulario I-220B en Estados Unidos? 

El Formulario I-220B es una herramienta clave para los extranjeros que desean solicitar una “Orden de Supervisión” en Estados Unidos, permitiéndoles permanecer temporalmente en el país incluso si tienen una orden de deportación vigente.  

En esencia, el formulario I-220B representa una concesión especial por parte del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE), que equivale a una libertad condicional en Estados Unidos.  

Este beneficio está dirigido a individuos que han sido liberados de la detención o que se consideran de bajo riesgo. Como resultado, no necesitan permanecer bajo custodia y son incorporados al Programa de Comparecencia de Supervisión Intensiva (ISAP), facilitando así su seguimiento mientras resuelven su situación legal en el país. 

¿Cómo actuar cuando se tiene un formulario I-220B? 

El temido formulario, el cual se entiende como una orden de deportación, es dado a aquellos ciudadanos de Cuba que por diversos motivos perdieron su entrevista de medio creíble al ser cuestionados en frontera o durante su detención. 

Sobre cómo deben actuar los antillanos en este caso, el abogado Willy Allen explicó en recientes declaraciones a la revista informativa Martí Noticias AM, que su recomendación es que los cubanos traten de defender su caso ante las cortes americanas. 

De no hacerlo, se enfrentan a la imposibilidad de legalizar su estatus en Estados Unidos y de verse expulsados del territorio nacional.  

Para el letrado, los antillanos con el formulario I-220B han sido una preocupación constante, debido que esto es una orden final de deportación, la cual conlleva un riesgo real de concretarse. 

¿Quiénes reciben un formulario I-220B? 

El formulario I-220B es otorgado a todas aquellas personas que, ya sea en el momento de su ingreso por frontera o al estar detenidos, suspendieron la entrevista de miedo creíble ante el oficial de migración. 

Dentro de esta categoría migratoria también se encuentran quienes “tuvieron un juicio de asilo político en detención, no ganaron el caso e, incluso, en algunos casos, no se presentaron a su cita en la corte”, explica Allen. 

Y es que no son pocos los cubanos que dejan perder la oportunidad de defender su caso en la corte, muchas veces porque no tienen los recursos económicos para pagar un abogado, o simplemente porque deciden no presentarse ante el juez. 

A decir del abogado, esta decisión no solo es errada, sino también absurda. Al no asistir a la corte, el individuo se coloca en posición directa de recibir una orden de deportación e impedir que pueda tener un estatus migratorio legalizado durante diez años. 

Alarma ante nuevas deportaciones de cubanos con I-220B 

Uno de los datos que más preocupa a las firmas de abogados de temas migratorios, es el hecho de que el número de personas referidas a las cortes de inmigración, ha descendido considerablemente en el pasado mes de junio. Esto se traduce como una muestra de que los casos de deportación directa desde la frontera son cada vez más numerosos. 

En este sentido, los cubanos no han sido la nacionalidad más afectada debido a las disímiles travas y obstáculo que suele poner la dictadura castrista.  

Y es que el gobierno de La Habana se reserva el derecho de aceptar, o no, los casos de deportación provenientes de Estados Unidos que crea conveniente. Cabe destacar que son los jóvenes que entran por frontera y presentan el I-220B, los que mayores probabilidades tienen de ser aceptados por el régimen comunista. 

Expertos aseguran que esto se debe al éxodo masivo de profesionales y personas en edad laboral, lo cual estaría llevando al gobierno cubano a aceptar de vuelta a quienes pueden ser mano de obra trabajadora en Isla. 

Precisamente, son los jóvenes que huyen de la Mayor de las Antillas y que llegan a los puntos fronterizos, los que mayor probabilidad tienen de ser notificados con I-220B, tras perder su causa por un posible asilo político.  

Abogados expertos en la materia aseguran que este patrón puede estar dado por el hecho de que estos jóvenes, sin un historial de persecución política concreto, hayan mencionado circunstancias de persecución durante sus procesos migratorios como estrategia para legalizar su estatus en Estados Unidos. 

Sin embargo, este argumento queda en entredicho en el momento en que esas mismas personas que alegaron que su vida corría peligro en Cuba, regresan a la Isla a visitar a su familia y viajan de regreso a Estados Unidos.  

Esto puede ser evaluado por parte de las autoridades migratorias norteamericanas como evidencia de que no existe tal riesgo, ni la persecución que alegaron en su entrevista es tan inminente o grave. 

Dicha situación puede convertirse en catalizador del proceso de deportación de estos ciudadanos cubanos, dado que no se considerarían en riesgo de persecución al regresar. 

¿Qué cubanos corren riesgo de ser deportados? 

Los cubanos que tienen formularios I-220B e I-220A son quienes tienen mayores probabilidades de ser deportados de regreso a la Isla, siendo los primeros los que mayor riego corren. 

Según expertos en la materia, esto se debe a que tienen una orden de un juez, están bajo supervisión de ICE y tienen sus visitas anuales. En muchos casos, el solo hecho de presentarse a esas visitas puede resultar en una detención. 

Para los cubanos que presentan el formulario I-220B, considerada una orden de deportación, habría que revisar los motivos de la misma, si fue por una entrada ilegal al país o si fue por un delito. 

Medios de prensa se han hecho eco de las declaraciones de un representante del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de Estados Unidos (ICE) quien aseguró que se procederán a la deportación de ciudadanos cubanos que tengan órdenes definitivas de expulsión bajo el Título 8. Además, se asegurará de no retornar a aquellos individuos que puedan enfrentar persecución en su país de origen. 

¿Se puede evitar una deportación con un formulario I-220B? 

Para los isleños que presentan un formulario I-220B, una manera de evitar ser deportados por las autoridades migratorias puede ser mediante la solicitud de un perdón.  

Este recurso está disponible solo para aquellos que están casados con una persona que ya sea ciudadana o residente en Estados Unidos. El mismo recurso puede aplicarse a quienes tienen un padre/madre que sea ciudadano o residente.  

Sin embargo, este recurso no es garantía de recibir el perdón por parte de los agentes de migración norteamericanos, ni presenta seguridad alguna de evitar la deportación. 

Y es que las personas que presentan I-220B, se encuentran hasta el momento en un gran limbo, sin saber a ciencia cierta lo que pueda ocurrir en el futuro. Este miedo se ha convertido en una gran espada de Damocles tras el reciente intento de magnicidio cometido contra Donal Trump y la retirada de Joe Biden, lo que devuelve al republicano a la cabeza por la carrera presidencial. 

El pasado 18 de julio se dio a conocer que Estados Unidos repatrió a un grupo de 54 migrantes irregulares, en un vuelo que llegó al Aeropuerto Internacional José Martí de La Habana. 

Según reportó el Ministerio del Interior (MININT), en el mismo se encontraban 40 hombres y 14 mujeres de nacionalidad cubana, quienes habían salido inicialmente de la Isla de manera legal, pero optaron por rutas irregulares para intentar llegar a la frontera estadounidense. 

Fuentes oficiales reportan que, hasta la fecha de hoy, han retornado a su país 823 isleños desde varias naciones de la región en un total de 53 operaciones de repatriación durante el año 2024. 

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